miércoles, 25 de junio de 2008

CARTILLA DE LOS DERECHOS SEXUALES DE LAS Y LOS JÓVENES

1. Derecho a decidir en forma libre sobre mi cuerpo y mi sexualidad.

Existen diversas formas de vivir la sexualidad dependiendo de cada persona, tiempo y cultura.
Tengo derecho a decidir cuáles son las opciones más adecuadas y enriquecedoras para mí, partiendo del hecho de que soy responsable de mis decisiones y actos; tengo derecho a que se me respeten las decisiones que tomo sobre mi cuerpo y mi sexualidad.

2. Derecho a manifestar públicamente mis afectos.

Las manifestaciones públicas de afecto promueven una cultura de respeto a la diversidad afectiva y sexual. Tengo derecho a expresarme, reunirme, asociarme y manifestar públicamente mis afectos y mi identidad sexual.
Ninguna persona, basada en prejuicios e intolerancia o en cualquier otra razón, puede discriminarme, coartarme, cuestionarme, chantajearme, lastimarme, amenazarme ni agredirme verbal o físicamente por la manifestación pública de mis afectos.

3. Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual.

El disfrute pleno de mi sexualidad es fundamental para mi bienestar como persona y como parte de una sociedad democrática.

Tengo derecho a vivir cualquier experiencia sexual o erótica que yo elija de manera libre, siempre que no infrinja las normas jurídicas; esta libertad es propia de una vida emocional y sexual plena y saludable.
Nadie puede presionarme, discriminarme, inducirme al remordimiento o castigarme por ejercer o no actividades relacionadas con el disfrute de mi cuerpo y de mi vida sexual.

4. Derecho al respeto de mi intimidad y mi vida privada.

Mi cuerpo, mi espacio, mis pertenencias y la forma de relacionarme con las y los demás son parte de mi identidad y mi privacidad.
Tengo derecho al respeto de mis espacios privados y a la confidencialidad en todos los ámbitos de mi vida, incluyendo el sexual.
Ninguna persona puede difundir información personal ni sobre los aspectos sexuales de mi vida.

5. Derecho a decidir con quién compartir mi vida y mi sexualidad.*

Existen varios tipos de familia, de unión como pareja y de convivencia que legalmente deben ser reconocidos. Ninguno de mis derechos fundamentales puede ser restringido a causa de mis decisiones en el ámbito sexual y de pareja, así como las relativas a formar una familia.
Tengo derecho a decidir libremente con quién compartir mi vida personal, mi intimidad, mi sexualidad, mis emociones y mis afectos.
Nadie puede imponerme el matrimonio y menos obligarme a sostener una relación afectiva, sexual y de intimidad con otra persona en contra de mi voluntad.

6. Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.

Las mujeres y los hombres jóvenes, aunque diferentes, somos iguales en oportunidades y derechos ante la ley, y debemos serlo ante la sociedad.
Como joven, tengo derecho a un trato digno y equitativo, y a gozar de las mismas oportunidades de desarrollo personal e integral, sin importar mi sexo ni mis preferencias sexuales.
Nadie, en ninguna circunstancia, debe limitar condiciones o restringir el pleno goce de todos mis derechos individuales, colectivos, sociales y sexuales.

7. Derecho a vivir libre de toda discriminación.

Cualquier discriminación atenta contra la dignidad humana. Tengo derecho a que no se me discrimine por mi edad, mi sexo, preferencia sexual afectiva, estado de salud, religión, origen étnico, forma de vestir, apariencia física, identidad, o por cualquier otra condición personal.
El Estado está obligado a velar y garantizar la protección contra cualquier forma de discriminación en los ámbitos educativo, laboral, de salud, religioso y de seguridad pública.

8. Derecho de vivir libre de violencia sexual.

Cualquier forma de violencia hacia mi persona afecta el disfrute de todos mis derechos y del ejercicio pleno de mi sexualidad.
Tengo derecho a la libertad, a la seguridad jurídica y a la integridad física y psicológica.
Ninguna persona puede acosarme, hostigarme, abusar de mí o explotarme sexualmente. El Estado debe garantizarme una vida sin tortura, maltrato físico-psicológico, abuso, acoso o explotación sexual.

9. Derecho a la libertad reproductiva.*

Las decisiones sobre mi vida reproductiva forman parte del ejercicio y goce de mi sexualidad.
Como mujer u hombre joven, tengo derecho a decidir, de acuerdo con mis deseos y necesidades, entre tener o no hijos, cuántos, cuándo y con quién, asumiendo la responsabilidad que conlleva esa decisión.
El Estado debe respetar y apoyar mis decisiones sobre mi vida reproductiva y brindarme la información y los servicios de salud que requiero, haciendo efectivo mi derecho a la confidencialidad.

10. Derecho a los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.*
La salud es el estado integral de bienestar de las personas, incluyendo aspectos físicos, mentales y sociales.
Tengo derecho a un servicio de salud sexual gratuito, oportuno, confidencial y de calidad.
El personal de los servicios de salud pública no puede, bajo ninguna condición, negarme información o atención, y éstas no deben estar sometidas a ningún prejuicio.

11. Derecho a la información completa, científica y laica sobre la sexualidad.

Para decidir libremente sobre la vida sexual se requiere información laica y científica, cuyos temas inherentes son la sexualidad, equidad sexual, erotismo, afectividad, reproducción y diversidad.
Tengo derecho a recibir información sexual veraz, libre de prejuicios, objetiva y no sesgada, conforme a las necesidades particulares de las y los jóvenes.
El Estado debe brindar información laica y científica en sexualidad; garantizando que otras instituciones de orden público y social respeten este derecho.

12. Derecho a la educación sexual.

La educación sexual es necesaria para el bienestar físico, mental, social y para el desarrollo humano, porque forma parte y habilita a las personas para tomar decisiones en un marco ético y cívico; de ahí su importancia para las y los jóvenes.
Tengo derecho a una educación sexual sin prejuicios que fomenten la toma de decisiones libre e informada, la cultura del respeto a la dignidad humana, la igualdad de oportunidades y la equidad.

13. Derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad.

Es propio de una sociedad democrática tomar en cuenta las opiniones y propuestas de la ciudadanía y los diversos sectores de la sociedad para la definición de las políticas públicas.
Tengo derecho a participar en el diseño, implantación y evaluación de políticas públicas y programas sobre sexualidad, salud sexual y reproductiva, y a solicitar a las autoridades gubernamentales y a las instituciones públicas que construyan y promuevan los canales necesarios para mi participación. Asimismo, asociarme para dialogar, crear y promover acciones propositivas para elaborar y poner en marcha políticas públicas que contribuyan en mi salud y bienestar.
Ninguna autoridad o servidor público debe negarme o limitarme, de manera injustificada, la información o participación referente a las políticas públicas sobre sexualidad.
* Si eres menor de edad consulta el Código Civil de tu Estado.

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